lunes, 7 de mayo de 2012


       Siendo breve y conciso en cuanto a LA HACIENDA PUBLICA puedo decir  primeramente  que todo lo referente a ella lo hallamos en la Ley Orgánica de La Hacienda Pública Nacional la cual data de 1961 y que sufrió una modificación en 1974 y que esta última comprende los activos y pasivos de nuestro país y que los mismos son administrados por el poder nacional. Lógicamente la hacienda es una figura jurídica y que también se le conoce con el nombre de fisco nacional

       Nota: La fuente anteriormente mencionada es de donde proviene mi análisis sobre el tema de la hacienda basado principalmente en su artículo 1

       En cuanto al DERECHO ADMINISTRATIVO: forma parte del derecho público y en el mismo, el sujeto activo es el estado, encargándose de velar por el interés colectivo  ¿Cómo? Ciertamente gracias a la regulación cuyo objeto es el diseño, ejecución y control del gasto e ingresos públicos. Necesariamente este tipo de derecho se encuentra relacionado con el campo de las finanzas y por  tanto parte del marco legal o regulatorio del derecho administrativo son estos:
1) Regulación Jurídica del Presupuesto Público (Titulo VI; Capitulo II; Art. 311 y ss CN y LOAFSP). 
2) Regulación Jurídica de Tesorería (LOAFSP). 
       Sin alargarme más, porque así se requiere y porque creo que está más que claro los dos puntos a tratar; aquí les dejo el link o fuente por si se interesan en seguir leyendo más acerca del marco legal.
http://www.econfinanzas.com/econfinanzas/materiales/modulo5.pdf

Erwin Alexander Zambrano Peralta
CI: 22486100

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